Ser pareja de hecho es muy común en los tiempos en los que vivimos. Algunas cosas han evolucionado y casarse no es un requisito indispensable en ciertos trámites. En España, por ejemplo, si desearas solicitar una tarjeta comunitaria a través de nuestra pareja, no es obligatorio pasar por el matrimonio. Lo puedes hacer siendo pareja de hecho y es igual de válido para ciertas cosas. Es un trámite que varía en cada comunidad autónoma española, y en este artículo nos centraremos en el caso de la comunidad de Madrid.
¿Qué es una Pareja de Hecho?
Una pareja de hecho, conocida en Venezuela como concubinato, es una unión estable y afectiva entre dos personas. Es una unión legalmente similar a la del matrimonio, pero ten en cuenta que no es un matrimonio. Es un hecho demostrable en aquellas parejas en las que hay hijos comunes, o bien a través de la declaración de testigos que dan fe de ello. No obstante, lo ideal en algunos casos es declararlo legalmente a través de la inscripción en un Registro de Parejas de Hecho o Registro de Uniones de Hecho. En este registro nos queremos centrar.
Requisitos exigidos para hacerse pareja de hecho.
Dos personas que desean registrarse como pareja de hecho, pueden hacerlo siempre que cumplan con los siguientes requisitos:
- Ser mayores de edad o menor emancipado.
- Convivir en pareja de forma libre, pública y notoria, durante un período continuo de 12 meses.
- Al menos uno de los miembros de la unión de hecho deberá estar empadronado en alguno de los municipios de la Comunidad de Madrid.
- No estar unidos por vínculo de parentesco los miembros de la pareja. Es decir, no está permitida la estrategia de hacerte pareja de hecho de un primo para luego solicitar una tarjeta de residencia.
- No ser pareja de hecho junto con otra persona.
- No estar inscrita la unión de hecho en el Registro de otra Comunidad Autónoma española.
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Documentación que debes presentar.
Para gestionar el registro de pareja de hecho, debes presentar los siguientes documentos en original y fotocopia:
- Formulario de solicitud de inscripción en el registro de uniones de hecho de la Comunidad de Madrid.
- Justificante de pago de la tasa de 82,12 €. Si tienes certificado digital, puedes realizar el pago online a haciendo uso de él a través del modelo 030.
- DNI, NIE, pasaporte o tarjeta de residencia en vigor de los solicitantes y los dos testigos exigidos.
- Certificado del padrón municipal expedido por el Ayuntamiento donde residan. Ten en cuenta que no se admiten volantes de padrón.
- Si la solicitud se presenta a través de un representante, autorización firmada para la consulta de datos personales y presentación de la solicitud.
- En caso de ser menores de edad, acreditación de la emancipación.
- Certificado de estado civil:
Si eres español:
– Divorciados, anulados o separados judicialmente: certificado literal del matrimonio anterior con la anotación marginal del divorcio, nulidad o separación judicial.
– Solteros: certificado de estado civil. En Madrid se solicita en el Registro Civil de la Calle Pradillo, 66. En el resto de los municipios se solicita en el Juzgado de cada localidad.
– Viudos: certificado literal de matrimonio anterior y Certificado literal de defunción del cónyuge fallecido.
Si eres extranjero:
– Divorciados, anulados o separados judicialmente: en el caso de Venezuela, acta de divorcio. Las autoridades españolas solicitan un certificado literal del matrimonio anterior con la anotación marginal del divorcio, nulidad o separación judicial.
– Solteros: en el caso de Venezuela, una carta de soltería. Para otros países, un certificado de capacidad matrimonial o certificado de soltería.
-Viudos: Certificado literal de matrimonio anterior y Certificado literal de defunción del cónyuge fallecido.
Como es normal, toda la documentación debes aportarla debidamente legalizada o apostillada, y en idioma español. En caso de que los documentos hayan sido emitidos en otro idioma, deben ser traducidos, con excepción de aquellos casos en que el país que expida el documento haya firmado un Convenio Internacional con España que le exima de tal requisito.
¿Dónde hago el trámite?
El trámite se puede llevar a cabo por Internet o de forma presencial:
Trámite por Internet.
Para hacerlo por este mecanismo deberás disponer de un DNI electrónico o un certificado digital válido reconocido por la Comunidad de Madrid. El trámite puedes iniciarlo a través de la web de la Comunidad de Madrid. Considera también que si lo haces por esta vía, deberás aportar toda la documentación escaneada en formato PDF. El estado de tu trámite lo podrás consultar a través de este mismo sitio web.
Mi recomendación es que para este tipo de trámites seas un poco más tradicional y los hagas de forma presencial.
Trámite presencial.
Antes de formalizar tu solicitud, tienes que solicitar una cita previa en la Calle Gran Vía, 18, Planta Baja. Acude de 9:00 am a 2:00 pm. El día de la cita, asiste a la oficina de registro asignada con toda la documentación requerida para formalizar la inscripción. Toma en cuenta que el día del trámite tendrás que haber hecho el pago de la tasa, con una anticipación de 2 y 7 días hábiles.
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¿Qué beneficios obtengo al registrarme como pareja de hecho?
Uno de los principales beneficios que puedes tener si no tienes nacionalidad europea es que puedes acceder a la tarjeta comunitaria por pareja de hecho. Muchas personas piensan que la única manera de solicitarla a través de tu pareja con nacionalidad europea es a través del matrimonio. El hecho es que también lo podrás hacer acreditando que son pareja de hecho y cumpliendo el resto de los requisitos exigidos por el régimen comunitario, y acceder así a todos los beneficios que te ofrece la Tarjeta Comunitaria.
Otro beneficio es que, si por algún motivo en particular no deseas cambiar tu estado civil, con el registro de pareja de hecho lo conseguirás.
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Adicionalmente, si es tu caso, está permitido el registro tanto de parejas heterosexuales como homosexuales.
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